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Qué méritos no han de tenerse para ser magistrado del Tribunal Supremo

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Qué méritos no han de tenerse para ser magistrado del Tribunal Supremo

El Consejo General del Poder Judicial evita que la catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Compostela María Paz García Rubio se integre como magistrada de la Sala Primera del Tribunal Supremo, pese a contar con mayores y más reconocidos méritos objetivos que los demás aspirantes varones.

Todo apunta a que el Consejo ha valorado los deméritos de la candidata que se exponen seguidamente.

El primer demérito que atesora es ser mujer. Por lo que se ve, el sexo femenino te garantiza ser excluida en las semifinales del proceso selectivo. Da igual que seas catedrática con 19 años de antigüedad y haber dedicado los últimos 39 años a la docencia, tiempo superior al acreditado por los candidatos finalistas Julio Banacloche Palao y Manuel Rivera Fernández, también aspirantes y catedráticos de carrera, pero con peor curriculum; y del seleccionado, Juan María Díaz Fraile, que ni siquiera es catedrático por oposición.

El machismo ramplón del CGPJ no aplica la base sexta de la convocatoria que, en igualdad de méritos de los candidatos, proclama decantarse por la mujer. O la aplica a su manera: sólo en caso de empate se opta por la mujer; si sus méritos son superiores o inferiores, entonces mejor el varón. A la vista está que esa base existe solo de cara a la galería, porque en toda la historia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sólo se ha contabilizado a una mujer como magistrada. Una excepción que confirma la regla.

El segundo demérito de García Rubio ha sido contar con mejor curriculum que el del resto de los candidatos varones y, muy particularmente, el del enchufado elegido, que ni siquiera ha sido capaz de superar el concurso oposición que te acredita como catedrático.

Para el Poder Judicial actual, ser catedrático por oposición de Derecho Civil, Mercantil o Procesal está peor visto que ser un simple registrador. Algo tendrá que ver que los miembros del Consejo General del Poder Judicial nombrados por el PP prefieran a un compañero de Rajoy; y los designados por el PSOE voten a favor de un compañero de Beatriz Corredor, registradora que preside hoy la Comisión de Justicia del Parlamento. También es destacable que Guilarte, jefe de la asesoría jurídica del Colegio de Registradores, designado por Rajoy miembro del Consejo General del Poder Judicial, sirva a tan espurios fines discriminatorios.

Nadie duda que la candidata –preterida injustamente– conoce el Derecho Civil con profundidad y solvencia, nacional e internacionalmente contrastada y acreditada.

Para el Consejo General del Poder Judicial es mejor ser registrador de la propiedad de pueblo, una submateria menor del derecho civil, y haber liderado el intento de privatización del Registro Civil en provecho del colectivo registral, que ser catedrática y vocal de la Sección Civil de la Comisión General de Codificación, máximo órgano consultivo del Ministerio de Justicia.

El tercer demérito de García Rubio frente al elegido es que no es hermana de un magistrado del Tribunal Supremo. Todo queda en familia.

La lección que nos enseña este nombramiento es que si quiere ser magistrado del Tribunal Supremo, no aprenda tanto, ni acumule tantos méritos, consiga el “padrinazgo” de estos grandes electores, pues al cabo, en este país siguen vigentes los usos medievales. ¡Muera la inteligencia! (y la mujer, mejor encerrada en casa).

Texto Original: Qué méritos no han de tenerse para ser magistrado del Tribunal Supremo