El Notariado

¿Qué es un notario?

El Notario es una institución milenaria del Derecho Continental cuyos antecedentes se encuentran en la figura del Tabelión romano. En el Siglo IV, la Escuela de Bolonia configuró al notario latino moderno que, junto al notariado de origen germánico, se integran en la actualidad en la Unión Internacional del Notariado Latino-Germánico, al que pertenecen un total de 89 países en el mundo.

El notario del siglo XXI es un profesional en vanguardia de la innovación, al servicio del consumidor. El Notariado proporciona a ciudadanos, empresas e instituciones instrumentos avanzados y tecnológicamente innovadores de la máxima seguridad y confianza. Los servicios electrónicos que prestan actualmente los notarios a la sociedad garantizan la imparcialidad, el control de la legalidad y el asesoramiento, bases históricas del prestigio del Notariado.

La inversión tecnológica del Notariado iniciada en el año 2000 ha dotado al colectivo notarial de los más avanzados medios y sistemas de información para el intercambio y tramitación electrónica de documentos y datos entre sí, con Administraciones Públicas (Comunidades Autónomas, Dirección General del Catastro, Registros Mercantiles y de la Propiedad, Agencia Tributaria, Ayuntamientos, Registro de Últimas de Voluntades, etc.) y con entidades privadas.

El Notario y la seguridad jurídica

La función notarial se desarrolla a través documentos públicos, en soporte papel o electrónicos, que se denominan instrumentos públicos, dotados de múltiples cualidades intrínsecas y efectos extrínsecos, al servicio de la SEGURIDAD JURÍDICA, que garantiza el art. 9.3 de la Constitución, en su variedad PREVENTIVA.

Decía TUCÍDIDES en su obra Historia de La Guerra del Peloponeso (S IX A.C.)  que el progreso no va unido a la riqueza sino a la seguridad.

Si la seguridad es lo contrario del riesgo, de la incertidumbre, hay dos instrumentos para combatirlo; los que lo compensan económicamente a través de un seguro (seguridad económica) típico en el mundo anglosajón; y los que lo evitan. Los dos proporcionan seguridad, pero de forma diferente, porque no es lo mismo evitar que compensar.

Partiendo de la EFICIENCIA DE LO PREVENTIVO frente a lo paliativo, en una economía de mercado se aprecia una visión más integral de la función notarial desde la perspectiva del ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO como respuesta inteligente al servicio de la reducción de los costes de transacción, tanto privados como sociales.

La reducción de los COSTES PRIVADOS se manifiesta desde la secuencia prenegocial, a través de la auditoría del negocio y de la mediación informacional asimétrica (para hacer visible el espacio de la negociación); esto es reduciendo los costes de adquisición, procesamiento de la información y de su verificación como auditor, así como ejercitando una función arbitral, de consejo y diseño contractual, compensando las asimetrías informativas de las partes. Por ejemplo, la Ley de Crédito Inmobiliario de 2019 atribuye al notario la revisión de la transparencia hipotecaria de las operaciones por ella regulada.

La reducción de costes que propicia la intervención notarial se extiende a la secuencia negocial, mediante el control de legalidad que permite la inserción de la transacción en el sistema jurídico y económico. Así resulta del artículo 147.1 RN: “…El Notario redactará el Instrumento público conforme a la voluntad común de los otorgantes, la cual deberá indagar, interpretar y adecuar al ordenamiento jurídico, e informará a aquéllos del valor y alcance de su redacción”.

La reducción de la incertidumbre que proporciona la función notarial genera en la secuencia post negocial un valor añadido a través de los efectos legitimadores, probatorios y ejecutivos derivados de su actuación como enforcer o ejecutor, facilitando la labor del Juez, cuando en conflicto es inevitable.

El notario tecnológico del Siglo XXI

Para el cumplimiento de nuestra función pública, la red notarial está repartida por toda la geografía española, a través de 2800 oficinas públicas y notarios diseminadas por todo el territorio nacional, incluso en poblaciones de 500 personas.
Los notarios disponemos de un mismo sistema telemático integrado por un único sistema corporativo de comunicaciones, una plataforma telemática exclusiva y un mismo sistema de firma electrónica cualificada y avanzada, así como de sello de tiempo cualificado y avanzado, hasta el extremo de que con relación a esta materia el Consejo General del Notariado es el único en España, junto con el Ministerio de Interior (DNI electrónico 3.0) que dispone de sistemas homologados a nivel europeo de firma electrónica en la nube, cumpliendo con el Reglamento (UE) 910/2014, de 23 de julio, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (también conocido como Reglamento EID@S).

El potencial tecnológico del Notariado ha permitido que esté interconectado telemáticamente con todas las Administraciones Públicas (estatal y autonómica), con algo más de 6.400 municipios, con todas las Administraciones Tributarias (20, incluyendo la AEAT, las quince de las CC.AA. y las cuatro forales), con órganos constitucionales como el Consejo General del Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Fiscalía General del Estado, con los órganos jurisdiccionales, Fiscalías Especiales de Antidroga, Anticorrupción y de Delitos Económicos y Monetarios, así como con las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyendo el Centro Nacional de Inteligencia. También está interconectado con los registros de la propiedad, mercantil y de bienes muebles.

Del mismo modo, esos sistemas han permitido interconectar al ciudadano con todas las entidades financieras y el Notariado en el ámbito de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de crédito inmobiliario (en lo sucesivo, LCCI). Igualmente, y desde hace años para la intervención de pólizas está a disposición de todas las entidades financieras la plataforma e-not@rio Tales sistemas telemáticos han sido, por ejemplo, auditados por el Centro Criptológico Nacional en lo relativo a sistemas cualificados y avanzados de firma y sello temporal, así como, del mismo modo, fueron auditadas la plataforma tecnológica generada como consecuencia de la LCCI y la sede electrónica notarial, cuyas características técnicas son conocidas por el Ministerio de Justicia, y que lleva funcionando desde hace dieciocho años.

En la actualidad, el notariado español avanza en la creación de nuevos sistemas de seguridad para la firma de determinadas operaciones a través de identificación electrónica y comunicación por videoconferencia. Tales proyectos están orientados a facilitar las relaciones de los ciudadanos y empresas a distancia, sin merma alguna de seguridad, garantías y efectos jurídicos.

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