Compra de vivienda: ¿qué trámites posteriores tengo que realizar?

Una vez firmada la escritura pública de compraventa, el comprador adquiere la propiedad de la vivienda, pero todavía debe completar una serie de trámites posteriores para que la operación quede plenamente inscrita y regularizada.


1. Pago de impuestos

El primer paso consiste en liquidar los impuestos correspondientes ante la Comunidad Autónoma.
El plazo máximo suele ser de 30 días hábiles o un mes desde la fecha de la escritura, según la normativa autonómica.

Tipos de impuestos habituales:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): si la vivienda es de segunda mano.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): si se trata de una vivienda nueva o si la operación incluye una hipoteca.

Para abonarlos es necesario presentar:

  • Una copia simple o autorizada de la escritura pública.
  • El modelo oficial de autoliquidación que proporciona la Hacienda autonómica.

⚠️ Pasado el plazo legal, se aplican recargos por demora e intereses.


2. Inscripción en el Registro de la Propiedad

Después de pagar los impuestos, debe inscribirse la compra en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Solo con la inscripción el comprador obtiene plena protección frente a terceros.

Formas de presentación:

  • Telemáticamente:
    El notario puede enviar la escritura directamente al Registro, si así se solicita.
    Esta vía es la más segura y rápida, ya que bloquea de inmediato el registro frente a otros documentos, como embargos o demandas sobre el inmueble.
  • En papel:
    También puede presentarse una copia autorizada en formato físico.
    En este caso, el comprador dispone de un plazo razonable para presentarla tras el pago del impuesto.

Una vez calificada la escritura, el registrador inscribe la vivienda a nombre del comprador, y el notario entrega la copia definitiva con los datos actualizados.


3. Gestión notarial o por gestoría

Estas gestiones pueden realizarse personalmente, pero en la práctica:

  • Cuando la compraventa va acompañada de una hipoteca,
  • O cuando la entidad financiera lo exige,

la tramitación suele encargarse a una gestoría especializada, designada por el banco.
En la mayoría de los casos, el notario puede encargarse también de la gestión completa del documento, garantizando rapidez y seguridad jurídica.


Notaría Martínez del Moral · Santa Cruz de Tenerife
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