Presentación telemática al Registro de Bienes Muebles: una nueva vía más ágil desde notaría
Desde noviembre de 2025, los notarios pueden presentar telemáticamente en el Registro de Bienes Muebles (RBM) las escrituras relativas a determinados bienes y garantías muebles, del mismo modo que ya se venía haciendo con el Registro de la Propiedad o Mercantil.
Se trata de un avance importante en la modernización del sistema registral español y en la agilización de operaciones mercantiles y de crédito.
1. ¿Qué es el Registro de Bienes Muebles?
El Registro de Bienes Muebles es un registro jurídico que recoge información sobre:
- la propiedad de determinados bienes muebles,
- su financiación,
- y su afectación a actividades empresariales.
Su función es aportar publicidad y seguridad jurídica frente a terceros, especialmente relevante en operaciones de financiación, compraventa y explotación de negocios.
2. La novedad: envíos telemáticos desde notaría
Hasta hace poco, la inscripción requería presentación presencial o por correo.
Desde 2024, los notarios pueden remitir telemáticamente las escrituras al RBM, obteniendo:
- presentación inmediata,
- trazabilidad completa del asiento,
- reducción de desplazamientos,
- y una gestión más ágil para particulares, empresas y entidades financieras.
3. ¿Qué negocios se benefician?
La inscripción en el RBM es especialmente útil para negocios con maquinaria o equipamiento profesional relevante. Algunos ejemplos:
Establecimientos sanitarios y asistenciales
- Oficinas de farmacia
- Clínicas dentales
- Clínicas veterinarias
- Centros de fisioterapia
- Ópticas
- Centros médicos con maquinaria diagnóstica
Actividades reguladas o con aparatología técnica
- Centros de estética y depilación láser
- Estudios de tatuaje y micropigmentación
- Centros de fotografía, impresión o serigrafía
- Lavanderías industriales
Talleres y actividades industriales
- Talleres mecánicos
- Talleres de carpintería, cerrajería o aluminio
- Maquinaria agrícola
- Obradores, panaderías y pastelerías
Otros sectores con bienes registrables
- Concesionarios
- Gasolineras
- Gimnasios
- Centros de datos
- Embarcaciones, vehículos, aeronaves ultraligeras
- Equipos científicos o profesionales de alto valor
4. ¿Qué operaciones se inscriben en el RBM?
A) Hipoteca mobiliaria
Garantiza préstamos utilizando como garantía:
- establecimientos,
- maquinaria,
- o bienes afectos a una actividad.
Muy habitual en farmacias y negocios sanitarios.
B) Prenda sin desplazamiento
Permite pignorar bienes sin entregarlos:
existencias, maquinaria, instrumental profesional, etc.
C) Leasing y renting inscribible
En maquinaria especializada, aparatos sanitarios o equipos industriales.
D) Venta de establecimientos mercantiles
Especialmente en transmisiones de farmacias, clínicas, talleres o negocios con maquinaria afectada.
E) Adquisición financiada de bienes muebles
Frecuente en concesionarios, sector agrícola o maquinaria profesional.
5. ¿Por qué conviene inscribir estas operaciones?
- Publicidad frente a terceros
- Prioridad jurídica
- Protección ante embargos posteriores
- Seguridad en operaciones financieras
- Claridad en la estructura patrimonial
- Facilita refinanciaciones y transmisiones de negocio
6. ¿Cómo se tramita desde notaría?
- Preparación y autorización de la escritura.
- Firma del negocio jurídico (venta, hipoteca, prenda, leasing…).
- Presentación telemática inmediata al Registro de Bienes Muebles.
- Generación del asiento de presentación.
- Inscripción y expedición de certificación registral.
Notaría Martínez del Moral – Santa Cruz de Tenerife
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